Recomendación Sistema Societario

Publicado por sisgotcontable en

Colombia es un país con oportunidad infinita para el desarrollo de un sistema societario y proyecto empresarial, es importante educarse en organización y crear un Plan de Negocios que defina el camino a seguir.

A continuación, te hablaremos un poco de un sistema societario que puede ser el inicio de este proceso:

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (SAS)

NORMATIVIDAD

Es un modelo legal que tiene origen en la ley 1258 de 2008.

CONTITUCIÓN SISTEMA SOCIETARIO

Nombramos las generalidades más importantes:

  • Puede nacer con un solo accionista o varios (Naturales y Jurídicos).
  • Se crea bajo documento privado (ACTA DE CONSTITUCIÓN), con presentación en Cámara y Comercio.

NOTA: Si existen activos que comprendan bienes, el documento de constitución será la escritura pública ante notario y oficina de registro público.

  • El capital social se dividirá en acciones de un mismo valor, que pueden tener la particularidad de tener distintas clases y series.
  • Se elegirá una Asamblea de Accionista si los fundadores lo determinen, al igual que se le otorgaran las facultades y alcances que sean necesarios.
  • Tendrá que nombrarse una Junta Directiva para desarrollar las labores de control y nombramiento del Representante Legal y Revisor Fiscal.
  • Se nombrara un representante legal, el cual puede ser un tercero o un accionista, este cargo tendrá la responsabilidad y el alcance que por estatutos se le hayan conferido.
  • Se nombrará un revisor fiscal, basado en reglamentación comercial y fiscal (BASES LEGALES) o bajo la determinación y decisión de los accionistas de la sociedad.

RESPONSABILIDAD SISTEMA SOCIETARIO

Este sistema societario y de proyecto empresarial, determina y reglamenta la obligación que adquieren sus accionistas con la responsabilidad de carácter Laborar y Tributario, la ley 1258 de 2008 en su artículo primero señala que su compromiso legal y económico llega hasta el monto de sus aportes, sin incluir y responsabilizar de manera solidaria el patrimonio personal de cada uno de sus accionistas.

NOTA: Es importante precisar que lo mencionado anteriormente solo tiene validez legal, si se comprueba que la sociedad no desarrollo actos ilícitos o de defraudación ante las distintas entidades de control o terceros con relación a las obligaciones adquiridas.

Si deseas conocer algo mas sobre este tipo de sociedad, te invitamos a ingresar a nuestros recursos y contar con una variedad de material que te ayude a dirigir de manera eficiente ese negocio o emprendimiento que ya tienes en marcha.

RECURSOS

Si deseas que te acompañemos en el proceso de organización de tu sociedad  no dudes en contactarnos.

Categorías: Administrativo

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar